CONDICIONES GENERALES CONTRATO DE VIAJE COMBINADO

A los efectos de las presentes Condiciones Generales de Contratación, el programa/folleto es el documento informativo al que estas se incorporan.
El programa/oferta es la descripción del viaje combinado contenida en el programa/folleto que constituye el objeto del contrato de viaje combinado.
La información sobre el programa/oferta contenida en el programa/folleto es vinculante para el organizador o detallista, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias: A) Que los cambios en dicha información se hayan comunicado claramente por escrito al consumidor antes de la celebración del contrato y tal posibilidad haya sido objeto de expresa mención en el programa oferta. B) Que se produzcan posteriormente modificaciones, previo acuerdo por escrito entre las partes contratantes.

Regulación jurídica aplicable al Contrato de Viaje Combinado

Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (B.O.E. 30-11-2007), la Ley 7 /1998, de 13 de abril, sobre las Condiciones Generales de Contratación (B.O.E. 14-04-1998) y demás disposiciones vigentes.

Organización y minorista

La organización de este Viaje Combinado ha sido propuesta por Boavila Viaxes (Maria del Carmen Segade Couto) domiciliada en C/ Monteleón N5 Bajo 36002 Pontevedra con CIF 77411307T  y Título XG701; pudiendo ser realizada por el proveedor que se indica en la oferta/programa/folleto; el cual asume las condiciones establecidas en el presente pliego.
 
La agencia de viajes minorista con la que se contrata el Viaje es Maria del Carmen Segade Couto (Boavila Viaxes) domiciliada en C/ Monteleón 5 Bajo 36002 Pontevedra, con CIF número 77411307T, con Título-Licencia número XG701 y Teléfono 986631565.

Precio

 1 El precio del Viaje Combinado incluye:

  • El transporte de ida y regreso, cuando esté incluido en el Contrato y sus anexos, con el tipo de transporte, características y categoría que conste en el Contrato o en sus anexos.
  • El alojamiento, cuando este servicio esté incluido en el Contrato y en sus anexos, en el establecimiento y con el régimen alimenticio que figura en el Contrato y sus anexos.
  • Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros y los impuestos indirectos - Impuestos sobre el Valor Añadido (IVA), Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), etc., cuando estos fueran aplicables.
  • La asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté expresamente incluido y en el Contrato o sus anexos.
  • Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen concretamente en el en el Contrato o sus anexos.

2 Revisión de Precios:

El precio del Viaje Combinado se ha calculado en base a los tipos de cambio, tarifas de transportes, coste del carburante y tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición de la Oferta.
Cualquier variación del precio de los citados elementos podrá dar lugar a la revisión del precio final del Viaje Combinado, tanto al alza como a la baja, en los importes estrictos de las variaciones del precio aludidas. Estas modificaciones serán notificadas al Cliente, por escrito o por cualquier medio que permita tener constancia de la comunicación efectuada, pudiendo, cuando la modificación efectuada sea significativa, desistir del viaje, sin penalización alguna o aceptar la modificación de su Contrato. En particular, si el aumento de precio excede del 8% del precio del Viaje Combinado, el Cliente podrá poner fin al Contrato con derecho al reembolso de las cantidades abonadas.
En ningún caso se revisará al alza en los 20 días naturales anteriores a la fecha de salida del viaje, respecto de solicitudes ya realizadas.
3. Ofertas especiales:
Cuando se realice la contratación del Viaje Combinado como consecuencia de ofertas especiales, de última hora o equivalentes, a precio distinto del expresado en la Oferta, los servicios comprendidos en el precio serán únicamente aquellos que se especifican detalladamente en las Condiciones Particulares aun cuando dicha Oferta haga referencia a otros servicios y siempre que la remisión a la Oferta se hubiera hecho a los únicos efectos de información general del destino.

4. Exclusiones:

4.1 El precio del Viaje Combinado no incluye (salvo que se exprese lo contrario): Visados, tasas de aeropuerto y/o tasas de entrada y salida, certificados de vacunación, "extras" tales como cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales ni siquiera en los supuestos de pensión completa o media pensión, salvo que expresamente se pacte en el Contrato otra cosa, lavado y planchado de ropa, servicios de hotel opcionales y, en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado "El precio del Viaje Combinado incluye" o no conste específicamente detallado en el Contrato o en sus anexos.
4.2 Excursiones o visitas facultativas: Las excursiones o visitas facultativas contratadas en destino no forman parte del Contrato de Viaje Combinado. Su inclusión en la Oferta o en cualquier otro documento publicitario o comercial tiene mero carácter informativo y el precio está expresado con el indicativo "estimado". Por ello, en el momento de contratarse en el lugar de destino, pueden producirse variaciones sobre sus costes, que alteren el precio estimado.
Por otra parte, dichas excursiones serán ofrecidas al Cliente con sus condiciones específicas y precio definitivo de forma independiente, no garantizándose hasta el momento de su contratación la posible realización de las mismas.
4.3 Viajes de Nieve: En los viajes de nieve, salvo indicación expresa de lo contrario en las Condiciones Particulares, no estarán incluidos los remontes y cursillos de esquí.
4.4 Propinas: Dentro del precio del Viaje Combinado no están incluidas las propinas. En el caso particular de los cruceros, en el precio del Viaje Combinado no está incluida la aportación complementaria que, aunque de forma errónea usualmente suele denominarse propina, se determina en función de la duración del viaje y tiene como único destinatario el personal de servicio, respecto del cual al inicio del viaje se advierte al Cliente que deberá asumir el compromiso de entrega a la finalización del mismo.
4.5 Maleteros: Salvo que se indique expresamente en las Condiciones Particulares, el servicio de maleteros no está incluido en el precio, con independencia de que lo habitual es que los hoteles dispongan de personal que pueda ocuparse de ello, si el Cliente lo solicita.

Reservas y reembolsos

En el caso de reservas, la Agencia podrá requerir un anticipo que, en ningún caso, podrá ser superior al 40% del importe total del precio del Viaje Combinado, expidiendo el correspondiente recibo en el que se especifique, además del importe anticipado por el Cliente, el precio total del Viaje Combinado solicitado. El importe restante deberá abonarse contra la entrega de los bonos o documentación del viaje, que deberá realizarse, al menos, 7 días antes de la fecha de salida.
De no procederse al pago del precio total del viaje en las condiciones señaladas, se entenderá que el Cliente desiste del viaje solicitado siendo de aplicación las condiciones previstas en el apartado 5 siguiente.
Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier concepto, se formalizarán siempre a través de la Agencia donde se hubiera realizado la reserva, no efectuándose devolución alguna por servicios no utilizados voluntariamente por el Cliente.

Desistimiento del Cliente y cesión

En todo momento antes del inicio del Viaje Combinado, el Cliente puede desistir del Contrato, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiera abonado, tanto si se trata de precio total como del anticipo por reserva previsto en el apartado precedente, pero deberá indemnizar a la Agencia por uno o todos los conceptos que a continuación se indican:
  1. En el caso de servicios sueltos: la totalidad de los gastos de gestión, más los gastos de anulación, si se hubieran producido estos últimos.
  2. En el caso de viajes combinados: los gastos de gestión más los gastos de anulación, si estos últimos se hubieran producido, más una penalización consistente en (i) el 5% del total del precio del Viaje Combinado si el desistimiento se produce con más de 10 días naturales y menos de 15 días naturales de antelación a la fecha de comienzo del viaje; o (ii) el 15% si el desistimiento se produce entre los días tercero y décimo antes de la fecha de comienzo del viaje; o (iii) el 25% si el desistimiento se produce dentro de las 48 horas anteriores a la fecha de comienzo del viaje.
De no presentarse a la hora prevista para la salida, el Cliente no tendrá derecho a devolución alguna de la cantidad abonada, salvo acuerdo entre ambas Partes en otro sentido.
En caso de desistimiento por motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles, cuyas consecuencias no habían podido evitarse a pesar de haber actuado con la diligencia debida, el Cliente no estará obligado a indemnizar a la Agencia.
En el caso de que alguno de los servicios contratados y anulados estuviera sometido a condiciones especiales económicas de contratación, tarifas especiales de avión (en las que deberá abonar el 100% de los billetes ya emitidos) o alojamiento, servicios prestados en determinados países, servicios de nieve, etc. los gastos de anulación por desistimiento se establecerán de acuerdo con sus condiciones específicas, según se reflejan en el Contrato.
El Cliente del Viaje Combinado podrá ceder su reserva a una tercera persona siempre que lo comunique por escrito con 7 días naturales de antelación a la fecha de inicio del servicio. El cesionario tendrá que reunir los mismos requisitos que tenía el Cliente, exigidos con carácter general para el Viaje Combinado, y ambos responderán solidariamente del pago de las cantidades pendientes de pago del precio total. La cesión del Viaje Combinado puede implicar un coste para el Cliente.

Alteraciones

La Agencia se compromete a facilitar al Cliente la totalidad de los servicios contratados mediante el Contrato de Viaje Combinado con las condiciones y características estipuladas, sin perjuicio de que el Contrato pueda sufrir alteraciones o modificaciones conforme a los siguientes extremos:
  1. En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el Organizador se vea obligada a modificar de manera significativa algún elemento esencial del Contrato la Agencia deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del Cliente. En este supuesto, y salvo que las Partes convengan otra cosa, el Cliente podrá optar entre resolver el Contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del Contrato en el que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El Cliente deberá comunicar la decisión que adopte a la Agencia dentro de los 3 días siguientes a ser notificado de la modificación a que se refiere el párrafo anterior.
  2. En el supuesto de que el Cliente no notifique su decisión en los términos indicados se entenderá que opta por la resolución del Contrato sin penalización alguna.
  3. En el supuesto que el Cliente opte por resolver el Contrato o de que el Organizador cancele el Viaje Combinado antes de la fecha de salida acordada, por cualquier motivo que no sea imputable al Cliente, éste tendrá derecho, desde el momento en que se produzca la resolución del Contrato, al reembolso de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro Viaje Combinado de calidad equivalente o superior, siempre que el Organizador o la Agencia puedan proponérselo.
  4. En el supuesto de que el Viaje Combinado ofrecido fuera de calidad inferior, el Organizador o la Agencia deberán reembolsar al Cliente, cuando proceda, en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia del precio, con arreglo al Contrato. Este mismo derecho corresponderá al Cliente que no obtuviese confirmación de la reserva en los términos estipulados en el Contrato.
En los anteriores supuestos, el Organizador o la Agencia, según proceda, serán responsables del pago al Cliente de la indemnización que, en su caso, corresponda por incumplimiento del Contrato, que será (i) del 5% del precio total del Viaje Contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los 2 meses y 15 días anteriores a la fecha de salida del viaje; (ii) del 10% si se produce entre los quince días y los tres días anteriores a la fecha de salida del viaje; y (iii) del 25% en el supuesto de que el incumplimiento citado se produzca en las 48 horas anteriores a la salida del viaje.
No existirá obligación de indemnizar al Cliente en los siguientes supuestos:
  1. Cuando la cancelación se deba a que el número mínimo de personas para el Viaje Combinado sea inferior al exigido y así se comunique por escrito al Cliente antes de la fecha límite fijada a tal fin en el Contrato que a más tardar será de (i) 20 días naturales antes del inicio del Viaje Combinado en el caso de los viajes de más de 6 días de duración; (ii) 7 días naturales antes del inicio del Viaje Combinado en el caso de los viajes de entre 2 y 6 días de duración; o (iii) 48 horas antes del inicio del Viaje Combinado en el caso de viajes de menos de 2 días de duración.
  2. Cuando la cancelación del Viaje Combinado, salvo en los supuestos de exceso de reservas, se deba a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles, cuyas consecuencias no habían podido evitarse a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
  3. Cuando la cancelación del viaje se deba a "causa suficiente" por aplicación del Reglamento de la respectiva Comunidad Autónoma, si así lo especifica.
  4. En el caso de que, después de la salida del viaje, el Organizador no suministre o compruebe que no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el Contrato, y adopte las soluciones adecuadas para la continuación del viaje, sin suplemento alguno de precio para el Cliente y, en su caso, abone a este último, directamente o a través de la Agencia, el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas. Si el Cliente continúa el Viaje Combinado con las soluciones dadas por el Organizador, se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas.
Si las soluciones adoptadas por el Organizador fueran inviables o el Cliente no las aceptase por motivos razonables, el Organizador o la Agencia, según proceda, deberán facilitar a éste, sin suplemento alguno de precio, un medio de transporte equivalente al utilizado en el viaje para regresar al lugar de la salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido, sin perjuicio de la indemnización que en su caso proceda.
En caso de reclamación, el Organizador y la Agencia deberán obrar con diligencia para hallar soluciones adecuadas.
En ningún caso, todo aquello no incluido en el Contrato de Viaje Combinado (cómo por ejemplo, los billetes de transporte desde el lugar de origen del pasajero al lugar de salida del viaje, o viceversa, reservas de hotel en días previos o posteriores al viaje, etc.) será responsabilidad del Organizador o de la Agencia. Si los traslados/asistencia del hotel/aeropuerto o viceversa u otros, incluidos en el Contrato, no se cumpliesen, fundamentalmente por causas ajenas al transportista y no imputables al Organizador, el Organizador o la Agencia, según proceda, reembolsarán el importe del transporte alternativo utilizado por el Cliente en el desplazamiento, previa presentación del recibo o factura correspondiente.

Falta de conformidad, obligación de comunicación del Cliente y procedimiento interno de tramitación de reclamaciones

El Cliente deberá informar al Organizador o a la Agencia sin demora, teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso, de cualquier falta de conformidad que observe durante la ejecución de un servicio de Viaje Combinado incluido en el Contrato, preferentemente "in situ" o, en otro caso, a la mayor brevedad posible, por escrito o en cualquier otra forma en que quede constancia al Organizador o a la Agencia y, en su caso, al prestador del servicio de que se trate.
En el caso de que las soluciones arbitradas por el Organizador o la Agencia no sean satisfactorias para el Cliente, éste dispondrá del plazo de 1 mes para reclamar ante el Organizador o la Agencia y éstos dispondrán de 45 días naturales para dar respuesta a la reclamación planteada por el Cliente, plazo que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la presentación de la reclamación.

Responsabilidad

1 General:
El Organizador y la Agencia, en su condición de organizador y de minorista, respectivamente, responderán frente al Cliente del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellas mismas u otros prestadores de servicios y sin perjuicio del derecho del Organizador y la Agencia de actuar contra dichos prestadores de servicios.
El Organizador es el encargado de las funciones de organización y ejecución del viaje. El Organizador y la Agencia y responderán de los daños sufridos por el Cliente como consecuencia de la no ejecución o ejecución deficiente del Contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
  • Que la no ejecución o ejecución deficiente del Contrato sean imputables al Cliente; o
  • Que la no ejecución o ejecución deficiente del Contrato sea imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el Contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable; o
  • Que la no ejecución o ejecución deficiente del Contrato se deba a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
  • Que la no ejecución o ejecución deficiente del Contrato se deba a un acontecimiento que el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.
No obstante, en los supuestos de exclusión de responsabilidad previstos en las letras b), c) y d) anteriores, el Organizador y la Agencia estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al Cliente que se encuentre en dificultades.
2 Límites al resarcimiento de daños
En cuanto al límite del resarcimiento de daños que resulten del incumplimiento o de la falta de ejecución de las prestaciones incluidas en el Viaje Combinado, se estará a lo dispuesto en los convenios internacionales sobre la materia.
Por lo que se refiere a los daños que no sean corporales, éstos deberán ser siempre acreditados por el Cliente. Si es imposible garantizar el retorno del Cliente (y los viajeros que le acompañan) según lo convenido en el Contrato debido a circunstancias inevitables y extraordinarias, el Organizador y la Agencia asumirán el coste del alojamiento que sea necesario, de ser posible de categoría equivalente, por un período no superior a 3 noches por viajero. Cuando la normativa europea sobre derechos de los pasajeros, aplicable a los correspondientes medios de transporte para el regreso del viajero, establezca períodos más largos, se aplicarán dichos períodos.
Cuando el Viaje Combinado se efectúe en autocares, "vans", limusinas y similares contratadas por el Organizador directa o indirectamente y ocurra un accidente, cualquiera que sea el país donde se produzca, el Cliente habrá de presentar la pertinente reclamación contra la entidad transportista en el respectivo país, a fin de salvaguardar, en su caso, la indemnización del seguro de ésta, siendo auxiliado y asesorado gratuitamente en sus gestiones por el Organizador y la Agencia.
El Organizador y la Agencia serán responsables del pago al Cliente de la indemnización que, en su caso, corresponda por incumplimiento del Contrato, que en ningún supuesto podrá ser inferior (i) al 5% del precio total del viaje contratado, si el citado incumplimiento se produce entre los 2 meses y 15 días naturales inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; (ii) al 10% del precio total del viaje contratado si se produce entre los 15 y 3 días naturales anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; y (iii) al 25% del precio total del viaje contratado en el supuesto de que el incumplimiento citado se produzca las 48 horas anteriores a la fecha prevista de realización del viaje.

Prescripción de acciones

No obstante, lo dispuesto en el apartado precedente, el plazo de prescripción de las acciones derivadas de los derechos reconocidos en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias será de 2 años, según queda establecido en el Artículo 169 de la citada Ley.

Entidad garante en caso de insolvencia

En caso de que el Organizador o la Agencia, como organizador y minorista, incurran en insolvencia se procederá al reembolso de los pagos. En caso de que dicha insolvencia ocurra después del inicio del Viaje Combinado, y este incluya el transporte, se garantizará la repatriación del Cliente (y los viajeros que le acompañen). El Organizador y la Agencia han suscrito una garantía de protección frente a la insolvencia con GRUPO INNOVAC S.A.
Calle Uruguay, nº 11 Oficina 510, CP 46007 (Valencia) Teléfono 963692861 Fax 963690634 E-mail innovac@innovac.es . Si se deniegan servicios debido a la insolvencia del Organizador o la Agencia, el Cliente podrá ponerse en contacto con dichas entidades o, en su caso, con la autoridad competente: Comunidad de Madrid – Dirección General de Turismo, Calle Alcalá 26, 28014 Madrid o llamando al 012 o mediante correo electrónico a atencionalciudadano@012.madrid.org.
Se hace entrega en este acto al Cliente del certificado que acredita el derecho a reclamar directamente al garante en caso de insolvencia.

Menores de edad

Los menores de edad que viajan solos deberán viajar en la mayoría de los casos con una autorización de sus padres/tutores, que deberán tramitar a través de organismos oficiales. En ocasiones puede precisarse de un servicio de acompañamiento que deberá contratar y abonar en la Agencia o el aeropuerto con carácter adicional al precio del viaje.
En caso de que el Viaje Combinado incluya alojamiento el Cliente deberá facilitar a la Agencia la información que permita el contacto directo con el menor o con la persona responsable del mismo en el lugar de la estancia de éste.

Servicio de atención al Cliente

A efectos de que el Cliente pueda ponerse en contacto y comunicarse con el Organizador y la Agencia de forma rápida y eficaz interponer quejas y reclamaciones, solicitar información sobre los servicios y/o solicitar asistencia en caso de que el viajero se halle en dificultades, los datos de contacto del Servicio de Atención al Cliente son:
La Agencia: Boavila Viaxes,  Teléfono 986631565/689706483, Dirección: C/ Monteleón 5 Bajo 36002  Pontevedra Dirección de correo electrónico: hola@boavilaviaxes.es

Delimitación de los servicios de Viaje Combinado

Viajes en avión. Presentación en el aeropuerto:

En los viajes en avión, la presentación en el aeropuerto se efectuará con un mínimo de antelación de hora y media sobre el horario oficial de salida y en todo caso se seguirán estrictamente las recomendaciones específicas que indique la documentación del viaje facilitada al suscriptor del contrato.

Hoteles:

1. General
La calidad y contenido de los servicios prestados por el hotel vendrá determinada por la categoría turística oficial, si la hubiere, asignada por el órgano competente de su país. En algunos casos se facilitará información de la categoría de los hoteles utilizando la clasificación de estrellas, aunque ésta no sea la vigente en el país concreto, con el fin de que el Cliente pueda, a través de la equivalencia en estrellas orientarse más fácilmente sobre los servicios y categorías de los establecimientos, en el conocimiento siempre que tal clasificación tan sólo responde a una valoración realizada por el Organizador. Dada la vigente legislación al respecto (que establece sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles, permitiendo que en algunas de estas últimas pueda habilitarse una tercera cama), se estimará siempre que la utilización de la tercera cama se hace con el conocimiento y el consentimiento de las personas que ocupan la habitación. Este tácito consentimiento deriva de la circunstancia cierta de haber sido advertidos previamente, así como de figurar reflejada la habitación como triple en todos los impresos de reservas facilitados al Cliente al abonar el anticipo, en el Contrato, en los billetes y/o documentación del viaje que se entrega tras la firma del mismo. Igualmente, en los casos de las habitaciones dobles para uso de cuatro personas cuando así se especifique en el Contrato.
El horario habitual para entrada y salida en los hoteles está en función del primer y último servicio que el Cliente vaya a utilizar.
Como norma general y salvo que expresamente se pacte otra cosa en el Contrato, las habitaciones podrán ser utilizadas a partir de las 14 horas del día de llegada y deberán quedar libres antes de las 12 horas del día de salida. Cuando el servicio contratado no incluya el acompañamiento permanente de un guía y en el supuesto de que el usuario prevea su llegada al hotel o apartamento reservado en fechas u horas distintas a las reseñadas, es conveniente, para evitar problemas y mala interpretaciones, comunicar a la mayor anticipación posible tal circunstancia a la Agencia, o al hotel o al apartamento directamente, según los casos.
Igualmente, debe consultar a la Agencia, en el momento de hacer la reserva, la posibilidad de llevar animales, pues generalmente no son admitidos en hoteles y apartamentos. En el supuesto de haber confirmado la admisión de animales y se pretenda viajar con ellos, tal circunstancia deberá hacerse constar en el contrato. El servicio de alojamiento implicará que la habitación esté disponible en la noche correspondiente, entendiéndose prestado con independencia de que, por circunstancias propias del Viaje Combinado, el horario de entrada en el mismo se produzca más tarde de lo inicialmente previsto
.
2. Otros servicios
En los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 12.00 horas, el primer servicio de hotel, cuando esté incluido en el Contrato, será la cena. Igualmente, en los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 19 horas, el primer servicio del hotel será el alojamiento. Se entenderá siempre como trayecto aéreo directo aquel cuyo soporte documental sea un solo cupón de vuelo, con independencia de que el vuelo realice alguna parada técnica. En los circuitos, los autocares pueden variar en sus características en función del número de participantes.
Si en alguna salida no se llega al número suficiente de viajeros, es posible que se utilice un minibús o "van", que, salvo indicación expresa de lo contrario, no tienen los asientos reclinables.
Asimismo, en la descripción de cada circuito está indicado si el autocar posee o no aire acondicionado, entendiendo que no lo tiene si nada se indica. El transporte en los parques naturales para la realización de safaris fotográficos se efectúa en "van" o vehículos todo terreno característicos del país. En todos los casos anteriores el diseño, estructura, confort y seguridad del vehículo de transporte puede no adaptarse a las normas y estándares españoles, sino a los propios del país de destino del viaje.
3. Servicios suplementarios
Cuando el Cliente solicite servicios suplementarios (por ejemplo, habitación vista al mar, etc.) que no le puedan ser confirmados definitivamente por la Agencia, el Cliente podrá optar por desistir definitivamente del servicio suplementario solicitado o mantener la solicitud a la espera de que tales servicios puedan finalmente serle presentados. En el supuesto de que las Partes hubieran convenido el pago previo del precio de los servicios suplementarios que finalmente no le puedan ser prestados, el importe abonado le será reembolsado por la Agencia inmediatamente al desistimiento del servicio por parte del Cliente o al regreso del viaje según el Cliente haya optado por el desistimiento en la presentación del servicio suplementario solicitado o haya mantenido la solicitud.
 

Apartamentos

Al efectuar la reserva, el Cliente es plena y exclusivamente responsable de hacer una declaración correcta del número de personas que ha de ocupar el apartamento, sin omitir los niños, cualquiera que sea su edad. Se advierte que la administración de los apartamentos puede legalmente negarse a admitir la entrada de aquellas personas no declaradas, no habiendo lugar a reclamación alguna por esta causa. En algunos casos hay posibilidad de habilitar cama/s supletoria/s o cunas, que deberían ser solicitadas por los clientes antes de perfeccionarse el contrato, y que salvo expresa mención en contrario, no estarán incluidas en el precio publicado del apartamento.
En el alquiler de apartamentos, en algunas ocasiones, ha de suscribirse in situ el correspondiente contrato de arrendamiento según el modelo ajustado a la vigente Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, del que, en el caso de que fuere posible y así lo hubiere solicitado por escrito el Cliente a la Agencia, podrá obtener una copia con anterioridad al inicio del viaje. Este contrato debe ser firmado por el Cliente, quien abonará la correspondiente fianza o seguro de responsabilidad civil para responder a los eventuales desperfectos, si aquella es exigida.

Condiciones económicas especiales para niños

Dada la diversidad del tratamiento aplicable a los niños, dependiendo de su edad, del proveedor de servicios, de la fecha del viaje, se recomienda consultar siempre el alcance de las condiciones especiales que existan y que en cada momento serán objeto de información concreta y detallada y se recogerá en el Contrato o la documentación del viaje que se entregue en el momento de la firma. En general, en cuanto al alojamiento serán aplicables siempre que el niño comparta la habitación con 2 adultos. En lo referente a estancias de menores en el extranjero se estará a la información facilitada puntualmente para cada caso y a lo que pueda constar en el Contrato o en la documentación del viaje que se entregue al suscribirlo.

Características de los servicios de alojamiento

El Cliente declara que conoce que, en los circuitos especificados en el Contrato, el servicio de alojamiento se prestará en alguno de los establecimientos relacionados en el mismo o en otro de igual categoría y zona e igualmente que el itinerario del circuito podrá ser desarrollado según cualquier otro documento. Esta indefinición no supondrá modificación del Contrato.

Cruceros

General
Según las normas internacionales marítimas, cuando por motivos de seguridad (a juicio del capital del barco) o bien por causas de fuerza mayor lo exijan o aconsejen, el barco a través de la figura del capitán, podrá decidir efectuar las alteraciones que considere oportunas, incluyendo alterar el orden de las escalas del crucero, cancelar alguna, modificar el tiempo de permanencia en puerto, cambiar el barco por otro de similar categoría, etc.
Condiciones económicas especiales para niños menores de 12 años
Las condiciones económicas especiales para niños menores de 12 años, en caso de ser aplicables, son las que constan en las Condiciones Particulares.
Pagos a bordo
Es posible que el Cliente, el primer día de crucero, deba abrir una cuenta de crédito a su cargo con su tarjeta de crédito/débito o bien un depósito en efectivo para los pagos a bordo de consumiciones y compras no incluidas en el precio del crucero.
Mujeres embarazadas
El barco no está equipado para la asistencia de embarazos y partos, las mujeres que en la fecha de finalización del viaje se encuentren entre la semana 24 de gestación o más no podrán viajar en el barco. En el momento del embarque, el Cliente, o cualquiera de los viajeros que le acompañan, deberán aportar un certificado médico acreditativo del buen estado de salud del Cliente, o viajeros que le acompañen, y del bebé, en el que se especifique la fecha prevista para el alumbramiento y la idoneidad médica del Cliente, o viajeros que le acompañen, para viajar. Las viajeras embarazadas serán las únicas responsables del debido cumplimiento de los anteriores requisitos.
Normas de seguridad
El Cliente, y los viajeros que le acompañan, deberán en todo momento comportarse de modo que no pongan en peligro la seguridad, la calma y el disfrute del crucero por parte de otros viajeros, adoptarán las normas de prudencia y diligencia razonablemente exigibles y cumplirán con las disposiciones administrativas y legales relativas al viaje, así como deberán respetar la política de conducta y las normas de consumo de bebidas a bordo. Queda prohibido al Cliente, o viajeros que le acompañen, llevar a bordo del barco mercancías, bebidas alcohólicas, animales vivos (excepto perros guía reconocidos para aquellas personas con deficiencia visual), armas, municiones, explosivos, sustancias inflamables, tóxicas o peligrosas sin el consentimiento por escrito del Organizador. Queda totalmente prohibido tanto en el embarque, con el uso en las cabinas del barco, de cualquier electrodoméstico o equipo de calentamiento eléctrico tales como planchas de ropa, calentadores de agua, tetera, ollas o calderos eléctricos, calefactores, radiadores, etc. No está permitido llevar comida de los restaurantes del barco a los camarotes si no es solicitada a través del servicio de habitaciones o está bajo prescripción médica. Tampoco está permitido bajar comida y bebida a tierra que no haya sido previamente adquirida en los establecimientos designados al efecto para su comercialización y venta a bordo. No se permite el embarque de ningún vehículo, independientemente de si la tracción es animal, humana, eléctrica o mecánica, salvo aquellos empleados por personas con movilidad reducida y sean indispensables para garantizar su autonomía. En caso de incumplimiento, los equipos encontrados permanecerán custodiados por personal de a bordo sin posibilidad de uso hasta la finalización del crucero, momento en que se devolverán a sus respectivos titulares. El Cliente responderá de los daños y perjuicios causados como consecuencia de una conducta dolosa, culposa o negligente.
Regreso puntual tras las escalas
El barco cuenta con itinerarios con escalas en diferentes puertos que pueden ser visitados. Cada vez que el Cliente, o viajeros que le acompañen, desembarque en un puerto parte del itinerario contratado, será obligación del mismo, regresar al barco con antelación suficiente a la hora y fecha de partida del puerto y según las instrucciones dadas en cada momento desde el barco. Si el Cliente, o viajeros que le acompañen, no llega a la hora indicada para el embarque tras la escala por causas imputables al mismo, éste será responsable de las consecuencias que de ello se deriven.
Médico a bordo
El barco cuenta con un médico cualificado a bordo para el caso de que el Cliente, o viajeros que le acompañen, quisiera o necesitara solicitar asistencia médica durante el viaje. El médico de a bordo no es un especialista y el centro médico del barco no cuenta con los mismos estándares de un hospital en tierra ni está obligado a cumplir con los mismos. El centro médico del barco no está diseñado para prestar tratamientos médicos extensivos o continuados. El barco cuenta con suministros y equipamiento médico de conformidad con lo exigido por la normativa del estado de la bandera del barco. Se cobrarán las tarifas habituales por los servicios que se presten y los medicamentos que se dispensen en el centro médico del barco. El acceso a las prestaciones del médico de a bordo es voluntario y el coste de las consultas deberá ser asumido por el Cliente, o viajeros que le acompañen. No se admiten pagos a bordo a través de seguros de salud.
Facultades del capitán
Conforme a las disposiciones legales y tratados internacionales, el capitán del barco tiene plenas facultades para asistir y remolcar a otros barcos, desviarse de la ruta prevista, hacer escalas en cualquier puerto, transbordar a otro barco pasajeros y equipajes, rechazar el embarque de quien a su juicio no reúna las condiciones de saluda necesarias para realizar el crucero, desembarcar durante el crucero a quien as u juicio se encuentre en condiciones de salud que no le permitan la continuación del crucero y, en general, a quien pueda representar un peligro para la seguridad del barco o de los pasajeros. Todos los pasajeros se someterán a la autoridad del capitán y, especialmente, en todo lo relativo a la seguridad del barco y la navegación.

Pasaportes, visados y documentación

El Cliente y los viajeros que le acompañen, sin excepción (niños incluidos), deberán llevar en regla su documentación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o el D.N.I., según las leyes del país o países que se visitan. Será por cuenta de los mismos cuando los viajes así lo requieran, la obtención de visados, pasaportes, certificados de vacunación, etc. En caso de ser rechazada por alguna Autoridad la concesión de visados, por causas particulares del Cliente y los viajeros, o ser denegada su entrada en el país por carecer de la misma, la Agencia declina toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del Cliente cualquier gasto que se origine, aplicándose a estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de desistimiento voluntario de los servicios.
Se recuerda igualmente al Cliente y, en especial a los que posean nacionalidad distinta a la española, que deben asegurarse antes de iniciar el viaje de tener cumplidas todas las normas y requisitos aplicables en materia de visado a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse. Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito firmado por sus padres o tutores, previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier autoridad.

Equipajes

A todos los efectos y en cuanto al transporte terrestre se refiere, se entenderá que el equipaje y demás enseres personales del Cliente y los viajeros que lo acompañan los conserva consigo, cualquiera que sea la parte del vehículo en que vayan colocadas, y que se transporta por cuenta y riesgo del usuario. Se recomienda al Cliente que esté presente en todas las manipulaciones de carga y descarga de los equipajes. En cuanto al transporte aéreo, ferroviario, marítimo y fluvial de equipaje, son de aplicación las condiciones de las compañías transportadoras, siendo el billete de pasajero el documento vinculante entre las citadas compañías y el pasajero. En el supuesto de sufrir algún daño o extravío el Cliente deberá presentar en el acto, la oportuna reclamación a la compañía de transportes. La Agencia se compromete a prestar oportuna asistencia al Cliente que pueda verse afectados por alguna de estas circunstancias.

Datos personales

www.boavilaviaxes.es/pages/politica-de-privacidad

Información que la Agencia debe facilitar al Cliente

El Cliente declara que antes de la firma del presente Contrato ha recibido toda la información precontractual exigida por el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.